Franquicia en las Fusiones y escisiones

En linea con la reciente  Ley de emprendedurismo que intenta dinamizar los procesos de creación y conversión de empresas es que se aprobó el decreto 76/020 el 28 de febrero de 2020.

El mismo establece que las reestructuras societarias resultantes de escisiones y fusiones encontraran una franquicia al optar por no reconocer el valor llave que normalmente acarrean este tipo de operaciones. Hasta la fecha dichas operaciones tenían los efectos fiscales propios de una venta de establecimiento comercial, aún cuando se tratara de los mismos socios o accionistas. 

Los requisitos a cumplir para aprovechar dicho beneficio son: 

  • los propietarios finales deben ser los mismos luego de la fusión o escisión y deben mantenerse las mismas proporciones de participación durante al menos 2 años. 
  • se haya cumplido con la comunicación al banco central sobre los beneficiarios finales de las participaciones. 
  • se deben mantener los giros de las sociedades antecesoras  al menos por  2 años. 

Decreto adjunto en el siguiente Link. 



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