Domicilio Electrónico

A partir del 10 de  junio de 2019 será obligatorio  para toda persona física que  se vincule en el marco de un expediente administrativo con DGI,  tener registrado un domicilio electrónico (e-mail), con el fin de enviar notificaciones por este medio. 

En el mismo sentido, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social  estableció que las empresas que tienen 5 empleados o mas constituyan domicilio electrónico de igual forma que DGI. (Resolución MTSS Nº106).

Adjunto encontrará instructivos tanto como para DGI como MTSS. 

Por más información y procedimiento para realizar el trámite: 

https://www.dgi.gub.uy/wdgi/page?2,domicilio-electronico,dgi--preguntas-frecuentes,O,es,0,    

https://www.mtss.gub.uy/web/mtss/notificaciones-electronicas

https://www.mtss.gub.uy/web/mtss/gestion-domel-detalle








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