Proyecto de Ley 17 de Junio de 2020



Vacaciones fiscales sobre rentas mobiliarias del exterior para extranjeros que hayan obtenido u obtengan residencia fiscal en Uruguay

Todo extranjero que haya obtenido u obtenga la residencia fiscal en Uruguay,  podrá optar  por tributar sobre sus rentas mobiliarias del exterior y durante 10 años desde su certificación,  bajo el régimen de:

a)      IRNR, (impuesto a la renta del no residente), que NO GRAVA dichas rentas. Transcurrido el período comienza a tributar por las referidas rentas a la tasa del 12%.

b)     IRPF, (impuesto a la renta de las personas físicas) a la tasa del 7%.

Esta opción se ejercerá por única vez.

  



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